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Sobre entrar al offisio Y turno Je fiel Exor. Ju". ba rragan Regor. Y se acordó En Los Demestur- nos Entren a husar Los of- fos. digo off”. de fiel Exxor. El Regor.

Y capitular a quien tocare sin ser nece- sar". acer jun- ta de cavy Para ello Pas «o. El tiempi Del dho su tur- no.





para este año.

128 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES

cassas Reales Y fuerte desta ciudad con asistencia del se- ñor governador don Jacinto de Lariz cavallero del horden de santiago — Conviene a saber El dicho señor governador Y capitan general destas provincias — Y lo3 alcaldes lhordi- narios capitan Jaginto Bala de Hinojosa y capitan Luis Gu- tierrez de Umanes y Antonio Bernalte de Linares Depositario general y Juan Barragan Rezidor perpe'uo, no se hallaron mas capitulares por estar enfermo el alguacil mayor Fran- cisco Gonzales Pacheco propietario Y el capitan Juan de Bergara Regidor estar ausente fuera destas provincias.

Y estando asi junto se Propuso que Es pasado el turno de fiel executor que a usado asta fin del mes de abril pasado el dicho depositario general y Regidor Antonio Ber- nalte de Linares y tocarle por turno al dicho Juan Barra- gan Regidor — Y visto por el dicho cavyldo Unanimes y conformes acordaron se le entregue la bara de la Real Jus- tizia de fiel exxecutor y quentre al turno de tal y u ser- vir del dicho off". Por los quatro meses que le tocan se- gun ordenangas — Y en esta conformidad se Recibio del Dicho Juan Barragan juramento En forma de derecho ¡a dios y a la cruz y so cargo del prometio de husar El di- ího, offigio y cargo de fiel Executor vien y como debe y a la conclusion dijo si juro y amen — Y le fue entrega- da la bara de la Real justicia con que quedo Recivido — Y otro si acordaron disho cavyldo justicia y Regimiento una- nimes y conformes que D2 aqui adelante quede asentado Y acordado que aviendose cumplilo el turno de cada quatro meses Del uso, Entre el Regidor o capitular a quien le to- care husar el tal offigio y cargo de fiel exxecutor por tur- no de los quatro meses que le tocaren — Y siguientemente el otro y los demas por sus turnos sin que sea necesario para esto esccibirse ni formar cavildo en este libro debajo del juramento que tienen ffecho E ygieron los dichos capitulares al tiempo y tiempos que fueron Regividos a sus officios para

que no aya dilaciones en juntarse y ser buscados y lla- mados.