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96 AUYAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES

En este cavildo se leyo una peticion que presento To- mas de Roxas procurador general desta qiudad en que pide se ponga postura al tabaco azucar y miel. Y que se man- de con penas no se venda sin postura por ninguna perso- ha—y que atento a queste año no avido tanta cosecha de trigo como El pasado se mande que no se saque fuera de la ciudad por que no haga falta—y que se ponga tasa ep el peso del pan y Las libras que a de tener.

En quanto al primer punto del azucar y tabaco Todos los dichos capitulares botaron que se venda la libra de aqu- car a peso y la de tabaco a pesso por La falta que ay de presente y que se venda en las pulperias y ninguna per- sona Lo pueda vender en su casa pena de beynte pesos y El agucar y tavaco perdido que se les hallare — Y en quanto a la rmiel que dice La peticion que El fiel Executor La vea y comunique Con este cavildo El precio a que se a de vender.

Y en quanto al segundo pedimento de que no se sa- que El trigo Todos Los dichos capitulares de un acuerdo y conformidad botaron que no se saque trigo ni harina fue- ra de la ciudad ni mays sin licencia de las justicia So la pena que la justicia les echare.

Y en el tercero pedimento que se mande Las libras que a de tener El pan que se vende. El capitan Diego de Cos- “padal voto que hasta que se justifique La cantidad de tri- go que se cojio y ay en la ciudad se venda como se ven- de en la plaga que son quatro libras por un rreal — y to- dos los demas capitulares de un acuerdo y. conformidad fue- ron del mismo parecer del dicho alcalde Diego de Cospadal.

En este cavildo el señor governador propuso que aten- to a que se a alterado por las personas que tienen trigo El precio y le dan El que cada uno quiere pedir se bote sobre poner la tassa al precio que se a de vender La hanega — y hahiendose conferido sobre esto Todos los di-

chos capitulares hotaron de un acuerdo que se deje para otro cavildo.