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Pene a los 9% queman Jos Cam- pos.

Cay". de 29 de Dr, de 1656 ar

40 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES riesgo conossido que ay en quemarse los trigos y Per- cheles Y assi se manda que la persona española que lo pussiere yncurra en pena de veynte pesos para gastos de los calavosos de la carsel a que se aplican Y veynte dias de cargel y si el daño fuere considerahle La tal per- sona española lo deva pagar constando de lo que ffuere Y si ffuere yndio o negro dussienttos agotes en rollo de la giudad.

Y por quanto no ay escrivano publico ni rreal se le manda al alferez Gaspar Lopez Pacheco alguacil mayor que heche y haga hechar el bando rrefferido con las di- chas penas mañana domingo que se contaran diez y siete deste mes.

Con lo qual se acavo y serro este cavildo y lo fir- mamos ante nos por falta de escrivano publico ni rreal— No valga lo testado—La parte—do.

Don Eugenio de Castro. — Xpoval de Loyola. — Lo- renso Flores de Santa Cruz — Antonio Bernalte de Li- nares.

CABILDO DEL 23 DE DICIEMBRE DE 1656 (Foja 500 vuelta del libro original)

En la ciudad de la trinidad puerto de buenos ayres en veynte y tres de diziembre de mill y seisgientos y cinquenta y seis años se juntaron en las cassas de su ayuntamiento Tos que de yusso firmaran a trattar y acor- dar las cossas del servigio de su magestad y bien comun desta ciudad Y estando juntos en forma de cavildo se ttrato y acordo lo siguientte.

En este estado entro Pedro Sanchez Rendon mayor.