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LIBRO VII 451 que en su cumplimiento se llame a Juan de Reluz conte- nido en este real titulo el qual fue llamado yncontinenti por mandado por'dichos señores y traydo a presencia de dichos señores estando en el real acuerdo de justicia fue examinado y aprobado por haberle hallado abil y suficiente —y mandaron que el presente escrivano le reciba jura- mento en que usara bien y fielmente su officio y que nc llebara derechos a el fisco ni a probres de solemnidad y que para que use del dicho officio se le entregue este titulo original y lo señalaron los señores Liz. Don Pedro Garcia de Ovalle—-y Liz.“ Don Diego de Portales fiscal de su magestad—E luego yncontinenti el dicho Juan de Reluz higo el dicho juramento segun le esta mandado doy fee—- Juan Francisco de Lercaro

Tio qual por no aver otra cosa que acordar ni conferir en el dicho cavilldo se mando cerrar el presente y para que conste lo firmaron—

Alonsso Pastor—Xptoval de Loyola—Antonio Dernalte de Linares — Ante nos: Juan de Reluz y Huerta: escri- vano de su magestad — Antonio Romero: escrivano.

CABILDO DEL 16 DE NOVIEMBRE DE 1663 (Foja 255 del libro original)

En la ciudad de la trinidad Puertto de Buenos ayres en dies y seis dias de el mes de noviembre de mill y seis- cientos y sesenta y tres años el cavildo justigia y Reji- miento de esta ciudad a saver el señor capitan Alonsso Pastor correjidor justigia mayor a justigia y guerra en ella capitanes Xptoval de Loyola y Juan Bauptista del Hoyo alcaldes hordinarios y Antonio Bernalte de Linares depo- “sitario general y estando todos junttos para conferir y tra tar lo que conbenga a el servicio de su magestad y bien de la giudad decrettaron lo siguiente

Cavildo de 16 de Nov*, de 1663 a