Página:ACEC TomoXI LibrosVIyVII SerieII.djvu/408

Esta página no ha sido corregida

Autto.

396 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES

general Anttonio Vernalte de Linares—dijo que en con- formidad del nombramiento de scrivano y del rezevimien- to que tiene fecho este cavildo al capitan Baltazar de los Reyes Ayllon dize que de la dicha dexazion que haze sera causa de sesar el despacho de los negogios y causas que hoy estan pendientes por cuyas razones no admite la di- cha dejazion y se de notisia al señor governador y capitan general desta provincia para que su señoria acuerde lo que mas conbenga al buen despacho de los negozios de la re- publica para el effecto es su pareser que el señor Alcalds Xptoval de Loyola haga notorio al dicho señor governador lo decrettado por este cavildo y esto dijo y dio por: su res- puesta. Y el dicho theniente general y capitan Juan Baup- tista del Hoyo convienen en que el dicho capitan Xptoval de Loyola vaya a hazer notorio al señor governador este acuerdo y lo firmaron—Don Pedro de Morales y Mercado —Xptoval de Loyola—Juan Bauptista del Hoyo—Antonio Vernaltte de Linares—ante mi: Baltazar de los Reyes Ayllon, scrivano publico y cavildo.

En la ciudad de la trinidad puerto de Buenos ayres en dies dias del mes de mayo de mill y seiscientos y se- senta y tres años el señor Don Alonso de Mercado y Vi- lacorta cavallero del horden de Santiago governador y capitan general destas provinsias del rio de la plata por su magestad que Dios guarde—aviendo visto en estos 1u- ttos de que le hizo relazion el capitan Xptoval de Loyola Alcalde hordinario desta dicha ciudad lo pedido por el capitan Baltazar de los Reyes Ayllon que haze ofigio de seriv” publico y de cavildo desta dicha ciudad sobre la de- juzion que haze de dichos oficios y lo que dicho cavildu justisia y regimiento responde remitiendo a su señoria el particular—dijo que en conformidad de lo que parese por la mayor partte de los votos de dicho cavildo quede admi- tida la dejazion que haze el capitan Baltazar de los Reyes Ayllon de dicha ocupazion y officios de scriv” publico y de cavildo que esta exerziendo pero que dicha dejazion