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342 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES

que fueren de guerra sin escusa ni ympedimento alguno y os guarden todas las homrras grasias franquesas prehe- minencias libertades prerrogativas e ynmunidades que se deben y os deben ser guardadas segun y como se acostur- bra y se a observado con buestros antesesores y se deven a mi persona por que en este lugar os pongo lo qual cum- anses las, panas, no derechos dispuestas. a. los ape lo con- trario hicieren y a las demas que por bos fueren señaladas executtareys siendo justas en los ygnobedientes y sus bie- nes demas de el castigo que en mi rreserbo darles confor- me a la pena de su ygnobediengia y despachar persona con dias y salarios estando ausente a su costa para que sean traydos ante mi presos y a buen rrecaudo para el dicho efeto por que para todo como dicho es y cada cosa de ello y lo a ello anejo y dependiente os doy el poder facultad cumplida bastante como de derecho y el casso lo rrequiere y demas de las dichas penas a cada personas de las que en qualquiera manera fueren ygnobedienttes o binieren con- tra alguna cosa de las aqui contenidas las doy por conde- nadas en quinientos pesos para la rreal camara: de su ma- gestad y gastos de guerra por mitad—Y por quantto por rragon de este despacho y tittulo se debe dar satisfagion an- te todas cosas al derecho que pertenese de media anata en la forma que su magestad tiene dispuesto dando entero cumplimiento a las hordenes despachadas en esta rracon os hago la mersed y nombramiento de dichos offigios con calidad y cargo que os presenteys con este tittulo luego que le rresibays ante los jueses oficiales rreales de esta ciudad por cuya quenta y cargo corre la justificacion de este derecho para que bisto justifiquen el de su magestad conforme sus aranseles e ynstruciones y pongan al pie de este titulo rragon y sertificacion del entero de este dere- cho y aber cumplido por buestra partte por lo que toca a esta obligacion y con esta dilijengia y no de otra ma- hera sereys rresebido al nsso y exercicio de los dichos oficios y cafgos en que abeys sido nombrado- -y para que