LIBRO VI 249 siengia que yso para españa el dicho alguasil mayor fueron de pareser de que el presente escribano aga saber al dicho señor alcalde esta rrecordagion para que si estan echas se presenten para su aprobacion donde no en el primer ca- bildo se probeera de rremedio y se le adbierta que para el primer cabildo traiga o por su enfermedad enbie a el la quenta y rrason jurada del tergio de esclabos que se le co- metio para distribuir por los besinos y moradores deste di- cha ciudad como esta acordado y mandado sin que se de lugar a otra dilijencia.
en este cabildo fue llamado el capitan Alonso Muños de Gadea procurador jeneral del en quien esta echa elecsion por fin deste año del ofigio de fiel ejecutor por las causas espresadas en dicha elecsion y rrespecto de estar confirmada del señor gobernador desta probincia y rreroitido a este cabildo para que aga el juramento acos- tunbrado y en su conformidad el dicho capitan Alonso Muños de Gadea dijo aber echo dilijencias luego que se le yso notorio la dicha confirmacion en orden a enterar la media nata con testimonio del presente escribano que a tenido para el dicho efecto y por el embaraso y ocu- pasion de los ofigiales reales no lo a echo—los dichos se- ñores en atencion a que puede ser mui poco el dicho derecho y que a quedado que para el primer cabildo traera la sertificasion del entero de la dicha media nata y que en esta conformidad se a rresebido al dicho ofigio y en cuya birtud el dicho capitan Alonso Muñoz de Ga- dea en presencia de los dichos señores juro a dios y a la crus en forma de derecho de usar el dicho ofigio de fiel ejecutor asta fin deste año fiel y bienmente y de guar- dar y aser se guarden las ordenansas fechas para su uso y ejercicio y las sedulas y ordenes de su magestad y leyes destos rreinos en las causas que fulminare con que que- do rresebido con dicha obligagion y se le dio y entrego la bara que tenia del uso del dicho ofigio el dicho señor depositario jeneral y se le dio por mano del dicho señor