Página:ACEC TomoXI LibrosVIyVII SerieII.djvu/221

Esta página no ha sido corregida

. LIBRO VI 209 ñoria se dispone a executarlo de su parte esta presente combeniencia publica ayudando la ciudad por la suia lo que puede para conseguirlo.

Unanimes y comformes dixeron que sin embargo de que en el tiempo presente es mas difizil el hazer la co- rambre pues a las hordinarias dificultades que tiene esta materia y costeo se añade el estar el ganado tan retirado que muchos de los vecinos que an de hazer la dicha co- rambre a de ser mas de cinquenta leguas desta ciudad y oy con el peligro y riesgo de las campañas a paresido que poniendolos a la lengua del agua del Riachuelo siendo a precio cada cuero de dies Reales siendo de toro de dar y resevir es la mayor combeniencia que la ciudad puede hazer en servicio de su magestad y la proposizion que su señoria le haze para en quanto a redimir en lo presente la necesidad tan grande que padese y que esto se justifica con lo que otros años an tenido de mayor precio y deste decreto y cabildo se saque un tanto y se ponga al pie del auto de su señoria para que visto. Lo qual este cavildo y de parte de la ciudad sea acordado en la propuesta de su señoria provea lo que mas combenga al servicio de su magestad y bien publico que desde luego sin embargo de la justificazion que se a pudido dar de la presente deste cavildo y ciudad en el moderado pregio de la dicha co- rambre dexa en manos de su señoria el disponerlo como padre y a quierfstoca la conservazion y aumento de la Re- publica y con esto se serro este cavildo y lo firmaron.

Don Pedro de Morales y Mercado—Antonio de la To- rre Herrera—Juan Joffre de Arze—Don Juan Pacheco— Don Alonso de Herrera Guzman-——Amtonio Bernalte de Linares—Don Luis de Aresti—Don Eugenio de Castro— Don Phelipe de Herrera Guzman—Xptoval Ximenez— Luis Gutieres de Molina—Ante mi: Joseph de Sanabria Leon: Escrivano de su magestad.

úOresen los eue- ros a 10 reales,