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LIBRO 1X 85 Las Leies y Ordenansas que prohiven que ningun estran- xero pase a las yndias en ninguno de los navios que salie- ren de estos rreinos con apersivimientto que por qualquiera contravencion que en esto aya se executtaran en los tran- xersores las penas Ympuestas sin Limitacion alguna y los dhos. Presidentte y Juezes oficiales de la Cassa de la Con- trattacion tengan obligacion de Dar copias Autentica de esta mi cedula a los Generales de la dha. armada y fotta en cada viaxe que hisieren a las Yndias para que la observen y guarden sin ninguna disimulacion ni ttolerancia y asi mesmo mando a los Governadores de los Puerttos de las Yndias que al tiempo de visitar los navios que entraren en ellos rreconoscan si ban algunos estranxeros y los que ha- llaren que ban sin lizencia mia no los admittan sino que les obliguen a que se buelvan en los mismos navios en que ubieren ydo embarcados y que den orden a los oficiales de la rreal Hazienda de su distritto para que esta cedula La pongan en sus libros Y se asientten en los de los Ca- vildos para que unos y otros den noticia della a los Gover- nadores que Por tiempo fueren para que por su parte exe- cutten lo que les toca fho. en Madrid a diez y seis de maio de mill seiscienttos y settentta y dos años= Yo la Reina= Por m'. de su Magestad Don Gabriel Bernardo de quiros =Y al pie de esta rreal cedula estan quattro rrubricas de firmas Y luego se sigue el obedesimientto siguientte—Obe- desese con el acattamientto devido como cedula de su ma- gestad a q”. Dios guarde muchos años La qual se guarde Y executte segun y como se contiene y en su cump'”. man- do su s*. se haga despacho en forma con ynsercion de esta rreal Cedula cometido a los Juezes oficiales de la rreal Ha- zienda de esta Ciul. Y provincias para que por su parte en lo que les ttoca segun su thenor Le den enttero cumpli- mientto Y la hagan copiar en su libro de Zedulas rreales= Y asi mesmo otro despacho en la mesma forma al Cavildo Justicia y rreximientto de esta dha. Ciu!. para q*. en el Libro de sus acuerdos La hagan asentar y cada Y quando