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LIBRO X 371 provincia y lo firme con los llavero = Don frans”. Caveza y Cardenas, Lizenciado Don Anttonio de tapia Anttonio Dominguez de Herrera—Segun que lo suso dho. consta y Parese Por el dho. libro assi lo certtifico y firmo en la Platta en cinco de mayo de mill y ss*. y settenta y seis años=Li- zenciado Don Anttonio de tapia=en la Ciudad de la Platta en tres dias del mes de dixiembre de mil y ss", y treinta y nuebe años los Señores Presidente y oidores de esta real au- diencia dijeron que los daños e yncombenientes que se si- guen y la esperiencia cada dia va mostrando de los muchos thenienttes que se an nombrado y nombran en los corregi- mientos de los Parttidos del distritto de esta real audiencia y que en muchos casos que an ocurrido a. ella siendo estos los menos Por no tenerse notizia sufizientte de los demas se an reconozido y reconozen los agravios que resultan assí a españoles como a Yndios los quales son mas vejados y molestados en sus personas y haziendas y que lo mesmo que se a dispuesto Por remedio se les a combertido y com- biertte las mas vezes en su mayor daño a que se llega el que se a: visto en la ynconziderada determinass'”. de sus senttencias executando algunas de muertte en caussas en que totalmente exceden assi en los merittos dellas como en la forma y orden Judizial con que las sustancian y que como no corren Por su quenta los ofizios se van o quedan sin darla a semejantes agravios y sin que tampoco Pidan muchos de los que los Padezen la sattisfass*”. dellos o Por falta de prueba o cuudal o no Poder venir de Parttes tan remotas sin que Para esto aproveche el recurso que sub- cediariamentte ttienen contra los corregidores que los nom- bran por no reconozerlos todas vezes Por partes formales Para esta sattisfazion ni moberse conttra ellos sino conttra los mesmos auttores el Prinzipal senttimiento de los dhos. agravios los quales y otras justas conziderasiones menos remediadas Por los Partticulares suios de algunos o los mas de los dhos. corregidores an obligado a proveer diver- sos auttos y Proviziones de esta real audien*. en conformi-