Arto
304 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES pampas de nacion tuchiminis que nunca me sirben ni an serbido sino tan eolsmente los tres referidos.
Por tanto a V. 8. Pido y suplico se sirba de ponerlos en deposito en mi poder por el tiempo que fuere serbido o los dias de mi vida en consideracion de que soy un hom- bre pobre y que bibo y me sustento de mi trabaxo como es notorio y de que e eerbido a su magestad en todo lo que se me a encargado con toda puntualidad y cuidado en mu- chas y diferentes ocasiones y que estoy cargado y susten- tando mi familia de hixos y un hermano sin tener persona ninguna que me pueda ayuder al cultibo de mi haxienda y en consideracion asi mesmo de que sin tener ninguna utilidad de la encomienda que no se declare por baca que- do con obligagiones de tal begino encomendero por lo qual Se Sirbe V. 88.* obrando con la piedad que acostumbre hagerme la merged y gragis de darme en deposito dichos tres yndios arribe nombrados que sera bien y merged etc. —Juan Muñoz Bexarano.
En la ciudad de la trinidad Puerto de Buenos ayres en catorse dias del mes de febrero de mil y seissientos y sesenta y seis años el señor maestro de campo Don Jo- sepb Martines de Selacar cavallero del horden de Santis- go governador y capitan general destas provincias del rio de la plata y Presidente dests Reel audiengia por su ma- gestad que dios guarde dixo que por quanto Por testimo- nio de Juan Francisco de Lercaro escrivano de camara de esta Real audiencia parese que por suto proveido Por los señores presidente y oydores de ella en nuebe de este Pre- eente mes y año dieron por baca la encomienda de tres yndios chanas que tenia el capitan "Juan Muños Bexarano y por que dichos yndios no se ausenten con esta notigia y pierdan la fee cristiana que profesan yendose de su genti- lidad y en el ynterin que se encomiendan en la forma que su magested manda y atendiendo a la suma probesa y mu- chos serbigios del dicho capitan Juan Muños Bexarano como lo refiere en esta Peticion en nombre de sn mages-