LIBRO vu 251 da quenta a la Señoria deste Cabildo como aviendole hor- donado por Cabildo de veynte y ocho pasado deste presen- te año fuese a la tienda de Antonio de la Abaca y en ella o el apósento donde tubiere la sal que bende la recono- siese toda y la hiziese contar y pusiese cobro en ella y que al primer cabildo diese quenta— y que asi mesmo hiziese medir quantos almudes de Sal tiene cada botija de las que se entendia bende el dicho Antonio de la Abaca y cumpliendo con ello fue a la dicha casa y tienda Referida con las muestras que se le hordeno y en un aposento de la dicha tienda que cae al corral de la dicha tienda vio estan arrinconadas gran cantidad de botijas antes mas que menos y por causa de que el dicho aposento no tenia puer- ta y ser ya noche el dia de la diligenzia Referida—no con- to dichas botijas ni puso cobro en ello por que solo dispu- so y proveyo auto por el qual mando se notificase al dicho Antonio de la Abaca que pena de cien pesos aplicados en la forma hordinaria pusiese dichas botijas de Sal de ma- nifiesto y no bendiese ni una dellas hasta que otra cosa mandase y el dicho auto se le notifico en su presenzia— Y despues se pasaron algunos dias en hazer la diligenzia Referida llego a entender que el Capitan Juan Miguel de Arpide procurador General de esta dicha giudad se pre- sento ante los Señores Presidente y oyodores desta Real audienzia sobre alegar se le hazia agravio en esta diligen- zia ynformando en desir que su mrd. dicho alcalde avia ydo a la dicha diligenzia de su autoridad y otras Razones que a llegado a entender a que su Altesa mando sobreseyese en el particular—Y es assí que quando fue a la dicha dili- genzia lo-hizo en la forma dicha y para medir la sal que tenia cada botija saco dos de las que allo y llevo a su casa para que se midiesen y aora aviendo dejado de prose- guir en dicha diligenzia da quenta a la Señoria deste Ca- bildo para que le conste.
Y visto por la Señoria deste Cabildo y conferido el particular de un acuerdo y conformidad acordaron se de