LIBRO vi 240 este Cavildo la propuesta de un acuerdo y conformidad abiendose conferido el casso y tratado sobre Ello lo que conbendria acordar acordaron que el alcalde hordinario Don Alexandro Gutierrez de Madrid con asistengia del alguacil maior y de mi el presente escrivano Baia a la Tienda del dicho Antonio de la Abaca y en ella y el apo- sento donde estubiero la dicha sal y la reconosca toda y haga contar quantas botijas — Barriles o pipas ai de sal y ponga cobro en ello Lo qual hara luego y sin dilassion alguna y al primer cavildo que se hissiere de quenta y desde luego assi mismo haga medir quantos almudes de la dicha sal tiene cada botija de las que assi se tiene enten- dido bende el dicho Antonio de la Abaca. Assí mesmo con- firio la Señoria de este Cavildo que por los Señores pre- ssidente y oidores de esta rreal audiengia esta mandado se haga estatuto y queriendose hasser negessitan de ver las hordenangas del Señor Don Fran“ de Toledo manda- ron que se traigan para el primer Cavildo para que en el se confiera mas largamente en el particular con lo qual por no tener por haora otra cosa que conferir se acabo este Cavildo y lo firmaron.
Amador de Roxas y Azevedo—Joseph de Sosa—Don Alezandro Gutierrez de Madrid—Pedro de Asoca—Pedro de Rozas y Azevedo—Hernando Rivera Mondragon—Au- gustin Gayosso—Joseph Rendon—Don Joseph Jil Negre- tte—Ante mi Juan de Reluz y Huerta—Scrivano de su magestad.