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LIBRO vu 211 pessialmente fuerades citado para lo sobre dicho y lo de ello dependiente amejo y congerniente os gito llamo y emplasso expessial y perentoriamente y desde luego os señalo los estrados del dicho Real Consejo y de este titulo tomaran la ragon los jueses ofs. de la rreal hacienda para que prebengan lo que les tocare por su parte el qual man- de dar y di firmado de mi mano y sellado con el sello de mis armas y refrendado del ynfraesempto escrivano de su magestad que me asiste a los despachos del ofissio de go- bierno quo es fecho en esta giudad de la Trinidad puerto de Bs. Ays. a beintte y quatro dias del mez de marzo de mill y seissientos y sessenta y ginco años Don Joseph Martinez de Salagar—Por mandado de su SSa. Juan de reluz y Huerta Scrivano de su magestad.

Los jueses oficiales de la RI. hagienda cappn. Alonso Muños Gadea contador y Don Miguel Castellanos The- sorero cobraran de Don Joseph Xil Negrete depositario general por el derecho que debe pagar de media anata por ragon del dicho ofissio sessenta y tres pesos corrientes en que ba ynclusso el tergio por ragon de los emolumentos que con el a de tener con mas quatro por giento para su condussion los quales a de pagar la mitad luego antes que entre a ussar el dicho ofissio y la otra mitad a el pringi- pio del primer año benidero para lo qual y su seguridad regiviran fianga a su satisfassion y el cavildo justissia y rregimiento de esta giudad no rregibiran al susso dicho al usso del dicho ofissio hasta tanto que les conste haber cumplido con lo contenido con apergebimiento que se co- brara de quien lo rregibiere—Lo mando assi el señor li- gengiado Don Diego Portales fiscal de Su Magestad en esta Rel. audiencia jues privativo del dicho derecho Buenos Ays. y margo beintte y seis mil y seissientos y sessentta y ginco años — Ligengiado Don Diego Portales — Juan Franco. de Lercaro.

Entero en la xreal caja Don Joseph Xil Negrete el de- recho de la media anata señalada por el señor jues priva-

Media anata.

Entero.