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LIBRO VI 207 ofissiales de la rreal hacienda sus mercedes mandaron se me diese el recaudo necesario para ocurrir antte V. 8. como lo hago con el dicho testimonio donde consta todo lo referido y lo demas necessario a la justificassion de la benta que se me hisso del dicho ofissio para que se sirva de hacerme merged de aprovar el dicho rremate y darme titulo del dicho ofissio para ussarle segun y de manera que yo lo puseo y se me rremato y le han ussado podido y de- bido ussar las demas perssonas que le han exergido y como le usso Antonio Bernalte de Linares y se le confir- mo en contraditorio juissio con el señor fiscal del rreal con- sejo de las yndias como se contiene en mi primera postura que rreproduje en la segunda y que el Cavildo y justissia y rregimiento de esta giudad me reciva al usso del que estoy promto a satisfager el derecho de la media anata que se me tassare y cumplir con lo demas que fuere de mi obli- gassion que en ello rrecibire m.“ con justissia que pido y juro lo necesario etc.—Don Joseph xil Negrete—Por presentados y despachesele titulo y m.* en forma del ofi- ssio de depositario general de esta ciudad en la conformi- dad quo se le hisso el rematte el qual se aprueba en quan- to a lugar de derecho Don Joseph Martinez de Salagar —Proveio y firmo lo de susso decretado el señor Mre. de Campo Don Joseph Martinez de Salagar cavallero del horden do Santiago Governador y Cap.2 General de estas Provincias de el Rio de la Platta y Pressidente de esta Real audiencia por Su Magestad que Dios guarde en la giudad de la Trinidad puerto de Buenos Aires en diez y ocho de marzo de mill y seissientos y sessenta y ginco año—Ante mi: Juan de Reluz y Huerta—Scrivano de Su Magestad.

En cuia conformidad di el presente por la qual y en nombre de su magestad y en virtud de los poderes y co- missiones que de su perssona Real tengo y de la rreal zedula de primero de marzo del año passado de mill y seissientos y sessentta y dos en que me da facultad para

Decretto

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