Página:ACEC TomoXII LibrosVIIyVIII SerieII.djvu/146

Esta página no ha sido corregida

100 ACTAS DEL CABILDO DA BUENOS AIRE

to — Cua vista del testimonio presentado eo despacho ti- telo en forma para que el covildo justissia y regimiento de este giudad regivan al esplicante al uso y ejergigio del dicho ofñssio que assi se lo a rematado constando haber enterado el derecho de lo media enata que tassare el es- or jues privativo deste derecho.—Don Joseph Martines do Salagar — Probeio y firmo lo de susto decretado el so- for Mre. de Campo Don Joemph Martines de Salager 0t- vallero del horden de Sentiago Governador y capp” Ge- neral destas provingias del rrio de la pleta y presuidente de cele rreel audiencia por su megestad que Dios guarde en esta giudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en beinte dis del mes de dissiermbre de mill y acienientos y sesenta y quatro años — Ante mi: Balthassar de los Reiea Aillon sorivano de su magestad.

Yo ol capp* Balthassar de los Reies Aillon cscrivano del rrey nuestro señor doi fee y berdadero testimonio a los señores que el presente vieren como ante los esñores preuidente de esta rreal audiengia y ante mi por enfer- medad de Juan Frengisoo de Lercaro escrivano de cama- re do la dicha rreal audiencia pareesio por petisrion Juan de Reluz y Huerta escriveno de su megestad dissiendo que por mandado de los dichos señores Pressidente y ai- dores estaba acordado se ancases en arrendamiento el of- salo de escribano maior de regidengias del distrito de este rreal audiengia en el entretanto que eu magostad deter. minabe el litizio pendiente por parto de el cepp" Manuel Deesa de Mendoza que lo hera assi mismo del distrito de la rreal audiengia de la plate y por eerbir e su magestad hiso postura en el dicho oñesio por tiempo de dos años 8 recon de a doscientos passos en cada uno con calidad de mo segun que el dicho Manuel Desea de Mendasa de que »e dio traslado al eetior fiscal de su magestad que ree Pendio que cate cómo tenia muchas prebeminencisn y Eos y Boto en el cavildo y que bere corta la cantidad que deba Por su postura pero que hassiendela en cantidad conbe.