LIBRO VIL 187 gracias mercedes frenquesas y libertades prebeminengias prerrogativas e ynmunidades que por ragon de dicho of- ssio debe haber y gogar y lo deben ser guardadas sin que le falte cossa alguna que assi conbiene al servissio de su magestad en cuio testimonio mande despachar el presente firmado de mi mano y sellado con el sello de mis armas y rrefrendado del escrivano que me asiste a los despachos de govierno fecho en la giudad de la Trinidad puerto de Buenos aires a catorge dias del mez de henero de mill y seissientos y sessenta y ginco años — Don Joseph Mar- tines de Salagar— Por mandado de su señoria — Juan de Reluz y Huerta scrivano de eu magestad.
El capp*. Alonso Muñoz Gadea Jues ofissial Real y Contador cobrara de esta parte en cada un año de los que obtubiere dicho ofissio ochentta y ginco pessos y dos rrea- les con el terio que se le carga mas por rragon de los apro- bechamientos que con el hubiere de haber en dos pagas la mitad el primero de cada uno y la otra mitad por San Juan para cuio efecto dara fiangas a satisfagion del dicho Jues ofissial rreal y mas cobrara el quatro por giento para su condussion y no conssienta ni de lugar que entre a ussar dicho ofissio hasta tanto que aia cumplido con apersebi- miento que se cobrara de sus Bienes. Lo mando el señor Ligengiado Don Diego Portales fiscal de su magestad y jues pribativo de dicho derecho en Buenos aires en diez y siete de henero de mill y seiscientos y sessenta y ginco años —-Ligengiado Don Diego Portales — Juan Fran” de Lercaro — Yo Juan de Reluz y Huerta scrivano de su ma- gestad gertifico y doi fee a los señores que el pressente Bie- ren como en conformidad de lo probeido por el cavildo jus- tissia y regimiento de esta ciudad en diez y nuebe de este pressente mes y año en cavildo que hissieron dicho dia a pedimiento de Don Miguel Castellanos persona nombrada por Theseorero Jues ofissial de la rreal hagienda destas provincias del rrio de la plata y las del paraguai como pa- resse del titulo que presento despachado por el señor mre.
Testimv”,