LIBRO VI 186 tegessores Thessororos Jueses ofissiales reales que an sido de estas rresles cajes de cuios ramos y efectos o de otra qualquiera plata que hubiere o entrere en ellas ais y gogo el dicho capp*. Don Miguel Castellanos eeissientos y que- renta y tres peesos y tres Re. en cada un año que paresse an gogado los demas Jueses ofissiales reales que lo an sido en el ynterin el qual salario o sueldo es la mitad del que les esta señalado a los Propietarios y Para gogar de esta merged y nombramiento primero y ante todas cossas el di- cho Don Miguel de Castellanos acudira ante el señor Jues privativo del derecho de la media Ansta para que le señale la media ansts y emolumentos que por rragon de este offissio le toca y debe pagar y assi mismo antes de ser re- givido ni entrar a exerger ni ussar el dicho ofissio dera fian- gas legas llanas y abonadas en cantidad de tres mill duca- dos de plata que hasen quatro mill ciento y Beinte y gin- 00 pessos corrientes para el buen cobro de la rreal hagien- da y para que en todo guardara las ynstrucgiones gedulas y provissiones rreeles y las hordenangas y demas disposi- ssiones que a de ser'obligado a guardar y cumplir y junta- mente antes de ser Rdo. hara el juramento con la solem- nidad que en tal casso se requiere y debe hasser de que vien y fielmente ussara dicho ofissio de 'Thessorero Jues ofisaial rreal y de que guardara lo que por dichas ynstru- giones cedulas y provissiones Rs. esta ordenado y man- dado y se hordenare y mandare pera su buen usso y ejer- cigio y administrassion de dicha rreal hacienda y hordeno al cavildo justissia y rregimiento de esta dha. giudad que luego que con este titulo y nombramiento se presentare ante el el dicho Don Miguel de Castellanos regivan a su sa- tisfagion dichas fiangas legas llanas y abonadas en la con- formidad rreferida y con clausula de sumission a los seño- res, presidente y oidores del rreal consejo de las yndise y contaduria maior de quentas de estos reinos y a los de- mas jueses y justissias a quien pertenessiere por via de go- vierno regidengia vissits u en otra forma conosser de les
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