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LIBRO VI 19

En quanto al quarto punto en que pide el dicho procu- redor general que la persona que esta obligado al abasto de la carne sea compelido de dar la carne de ganado man- go de rodeo y no del regien baqueado los dichos señores acordaron y dijeron se guarde lo probeido y lo que esta mandado en los rremates que se an fecho hasta haora del abasto de la carne Y que el fiel executor reconosca el ga- nado que se trajere al matadero y obre conforme a jus- tissia.

En quanto al quinto punto en que el dicho procurador general pide se haga rateo del balor de la fanega de cada genero de legunbres y su pesso y se mande dar lo que co- rrespondiere a medio o un rreal y que se de por balangas O peeso selladas acordaron dichos señores que para que se de forma y ponga pregios en lo contenido en este punto los diputados nombrados para rreconoser el trigo hagan la misma diligengia con las legunbres y den quenta de todo y en el entretanto el fiel executor ponga los precios y pos- turas que conbengan.

En quanto al sexto punto en que pide el dicho procu- rador general que el propio en quien se rremataren los propios de la giudad tenga medidas de media fanega quar- tilla y almud y media arroba y quartilla para el bino y lo demas que se acostumbra acordaron los dichos señores que el fiel executor reconosca los ¡pessos y medidas que ai en poder del arrendador que es al presento de los propios y fecho las que hallare y reconosiere faltan ajustandolas en la conformidad que esta dispuesto por hordenangas las haga haser de nuebo a costa del arrendamiento de dichos propios y todas las manifieste ante la señoria deste cavildo para que la rreconosca y se entrieguen al dicho arrenda- dor debajo de regivo el qual las aia de Bolver a entregar al que le sugediere en la misma forma y a esta diligengia acuda siempre el fiel ejecutor quien dara quenta a este ca- vildo de como se guarda y en esta forma como fueren en- trando en turno se daran notissia de lo rreferido.