114 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES
des Guillen Augustin Gaioso Joseph Rendon Regidores se
juntaron para hacer cavildo como lo an de usso y costum
bre para tratar y conferir las cosas tocantes al B1en de
la Republica y le hissieron en la forma y manera s1gu1ente.
En este estado entro el secretario Juan de Reluz y
Huerta Regidor——En este cavildo se leio un titulo que
pressentto con petission Don Miguel de Castellanos por
el qual paresse que el señor Presidente de esta rreal au-
diençia le ha echo md. al susso dicho del ofissio de the-
ssorero Jues ofissial Rl. de esta çiudad y provincias por
muerte de Hernan Suares Maldonado en que remite a este
cavildo el recibir las fianças a su satisfacion hasta en can-
tidad de tres mil ducados de Castilla y su juramento y
ofresimiento al susso dicho de los fiadores en esta ma-
nera—Al alferes Diego Rodriguez en mill pessos al capi-
tan Don Pedro Pessoa en quinientos a Don Juan Justi-
niano otros quinientos a Don Joseph Xil Negrete en otros
quinientos a Thomas Machado en otros quinientos a Doña
Francisca Henrriques su mujer en mill pessos—Y visto
y leido a la letra dicho titulo el corregidor Dijo que res-
pecto de ser del servissio de su magestad su brebe expe-
diente y despacho la señoria del cavildo tomo rresolussion
en esta. materia—Con lo qual el capitan Joseph de Sossa
alcalde- de primer boto dijo que en lo que a lugar de de-
recho se guarde y cumpla lo que su señoria el señor pre-
ssidente manda y que en cuanto a los fiadores Diego Ro-
drigues y Thomas Machado por su parte los rrepudia y no
admite y a Don Joseph Xil- Negrete Y en quanto al capi-
tan Don Pedro Pessoa diase que obligandosse con sus mu-
geres los admite y que en quanto al alferes Don Juan
Bautista Justiniano le admite con que cada y cuando que
saliere de esta ciudad asegure este juissio. Y en quanto a
Doña Francisca Henriques admite con que se obligue jun-
tamente con su marido e ypoteca de su dote—El capitan
Don Alejandro de Madrid se conformo con el pareser de
su compañero con el dicho Don Miguel Castellano se obli-
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