Página:ACEC TomoXII LibrosVIIyVIII SerieII.djvu/117

Esta página ha sido corregida

LIBRO VII 111
tuamente rrenunçisble en virtud del qual el cavildo jus-
tisaia regimientO de esta çiudad le rreçiva al usso y ejer-
çiçio del con tal que le conste a enterado el derecho de
la media anata a tasasion del señor jues privativo deste
derecho—Don Joseph Martines de Salaçar·—Proveio y fir-
mo lo de susso decretado el señor Mre. de campo Don
Josep Martines de Salaçar oavallero del horden de Santia-
go Governador y capitan general destas provincias del rrio
de la plata pressidente desta rreal audiençia por su mages-
tad que Dios guarde en la çiudad de la Trinidad puerto
de Buenos Aires en beinte y tres de dissiembre de mill
seissientos y sessenta y quatro años-ante mi Juan de Re-
luz y Huerta escrivano de su magestad. En cuia con-
formidad di el presente por el qual en nombre de su ma-
gestad y en virtud de los poderes que de su persona rreal
tengo y de la çedula de quince de Marzo del año passado
de sesenta y tres en que me da facultad que pueda dar ti-
tulos de los ofissios Bendibles y rrenunçiables del distrito
desta Real aud1ençia elijo probeo y nombro a Bos el dicho
Juan Fernandes Guillen por rregidor del distrito de esta
çiudad para que como tal y siendo perpetuamente renun-
çiable el dicho ofissio como su magestad manda por sus
rreales çedulas de renunçiaçiones que desto trata lo po-
dais ussar y ejerçer segun que os fue rematado en todos
los cassos y cosas a el anejas y pertenessientes entrando
en los turnos que le perteneçen como a los demas regidores
de la misma forma y manera que lo an ussado y con las
preheminençias ecempsiones y preçedençias que le per-
teneçe y mando a1 cavildo justissia y rregimiento desta
dicha çiudad que luego que os presenteis en el con este
titulo sin aguardar para ello otro mi mandamiento segun
da ni terçera jussion reoivan de bos el juramento y solem- nidad acostumbrada y os aian rreciban y admitan al usso
y ejerçiçio del dicho ofissio sin que se os ponga ni con-
sienta poner estorbo ni ympedimento alguno que yo por
el presente os reçivo y admito y e por recebido al usso