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Sobre la madera y cartón

Sobre la leña.

346 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES

las personas que salieren a haser madera leña y carbon asia el distrito desta dicha ciudad como a las yslas sircambesinas questan de la otra parte deste rio em barcas balsas y carretas tengan obligacion de no salir sino fueren con lisencia deste cavildo y por los tiempos que las leyes y ordenansas permiten dejando en los palos que cortaren horca y pendon como las dichas reales cedulas disponen poniendo para su cumplimiento a los transgresores graves penas como por la dicha peticion parese la qual vista por los dichos capitulares se man- do pregonar por ultimo apersevimiento se guarden y cumplan los autos y vandos por este cavildo probey- dos y que de aqui adelante nenguna persona salga a cortar madera ni leña ni haser carbon ni cañas sin li- sencia deste cavildo so pena por la primera ves perdida toda la madera leña y carbon carretas y bueyes barcas y balsas y demas instrumentos aplicados por tersias partes real camara Jues y denunciador y por la segun- da ves demas de la dicha pena pierda la vesindad que tubiere y salga desterrado desta ciudad y su jurisdicion por tres años: y para la execusion se nombre un jues particular con comicion bastante y asi lo acordaron y que todas las personas que el dia de oy estan en los montes hasiendo madera leña y carbon no prosigan en ella y los que tubieren cortado y hecho lo traygan a manifestar ante la justisia mayor o ordinaria so las dichas penas.

Y con esto y otras cosas se acabo serro y firmo este cabildo.

Don Diego de Gonyora.—Hernan Suares Maldona- do. —Pedro de la Pobeda.—Luis de Salgedo.— Alonso Agre- da de Vergara.—Joan de Vergara.—Francisco de Mangana- res.—Bernardo de Leon, — Ante my: Pedro de Roxwas y «Azevedo. —Escribano Publico y de Cavildo.