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LIBRO 1V 291

cuya aussencia en lo que se a ofresido en fabor de los dichos yndios naturales siempre a acudido por horden y mandato mio y de las demas justisiaa Bartolome Ley- ton el qual es persona de satisfassion y en quien por lo suso dicho concurren las partes y calidades nessesarias, Por la presente en nonbre de ssu magestad y como ssu governador y capitan general y en virtud de los po- deres y facultad que de ssu persona real tengo elijo proveo y nonbro a vos el dicho Bartolome Leyton por tal protetor de naturales desta ciudad y puerto por au- ssencia y en ynterin que el dicho capitan Salbador Bar- bosa de Aguilar acude a usar el dicho offisio y por el tiempo que fuere mi volundad y useis y exersais el dicho offisio y cargo judicial y estrajudissialmente en todos los tribunales y partes que conbenga acudiendo como tal protetor a la defensa y protecion y amparo de los dichos naturales general y particularmente en todas sus causas y negossios ssibiles y criminales de qual- quier suerte y calidad que sean y les tocaren asi de- mandando como deendiendo procurando en todos su aumento pro y utilidad y que sean bien tratados y do- trinados y que sse les paguen en sus manos sus jorna- les y ssalarios y que sse cumplan y guarden todas las hordenansas autos y bandos en su fabor ffechos y que sse ycieren pidiendo en contra los que los molestaren y agrabiaren para que ssean castigados y assiendo sobre- todo por escrito y de palabra todos los pedimentos rre- querimientos protestaciones peticiones querellas juramen- tos rrecusaciones rrestitussiones terminos plasos y ape- lassiones y demas cosas y autos que conbengan usan- do exerssiendo el dicho cargo de tal protetor en todas las demas cosas y casos a el anejos y conssernientes ssegun y como lo an usado y podido y debido usar to- dos los demas protetores que an sido en esta dicha ciu-