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Vergara—Francisco de Manganares—Joan Barragan— Diego de Trigueros.—Ante my: Pedro de Rozas y Aze- vedo.—Escrivano Publico y de Cavildo.

Don Felipe por la gracia de Dios Rey de Castilla de Leon de aragon de las dos ssessilias de geruzalen de portugal de nabarra de granada de toledo de valen- cia de galicia de mallorca de ssevilla de sserdeña de cordova de corssega de mursia de jaen de los algarves de algessira de gibraltar de las yslas de canarias de las yndias orientales y ossidentales yslas y tierra firme del mar oceano archiduque de austria duque de borgoña de brabante y milan conde de abspurg de flandes tirol y barcelona sseñor de biscaya y de molina etc.—Acatan- do lo que vos Diego de Trigueros me abeis sservido y vuestra abilidad y ssufissencia es mi merced y volun- tad que agora y de aqui adelante para en toda vues- tra vida seais regidor de la ciudad de la trinidad del puerto de Buenos ayres de las provincias del Rio de la plata por aberme sservido por el dicho officio con ssebessientos pessos corrientes pagados a ssiertos pla» sos en poder de los oficiales de mi Real hasienda de la Villa ymperial de Potossi de las provincias del pi- ru y que como tal rregidor de la dicha ciudad podais usar y exerser el dicho offisio en los cassos y cossas a el anejos y conssernientes sigun y de la manera que le ussan los otros regidores de las demas ciudades vi- llas y lugares de las yndias y destos rreynos y por es- ta mi carta o por su traslado signado de escrivano pu- blico mando al consejo justicia y rregimiento de la di- cha ciudad que no abiendo vos el dicho Diego de Tri-

Proricion de su mages tad del ofisio de regi ¿lor de Dicgo de Trigueros,