230 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES
tualidad se comete a Pedro Sanches Gargon alcalde de
la Santa ermandad para que salga a las estansias y
chacaras a recoger la sal que hallare y no consienta
se gaste hasta que por el dicho señor governador se provea lo que se a de haser para que no aya falta.
Y en quanto a la propusicion del vino se acordo
por los dichos capitulares que el dicho alcalde Don
Diego Paez de Clavijo y el capitan Simon de Valdes
fiel executor........ Para quel vino bueno de castilla se ven-
da por su justo presio de manera quel dueño tenga una
moderada gamansia en el y lo mismo se haga en lo
que toca a el vino de Chile bueno y en quanto a los bis
nos que no fueren tales se revaje el presio porque no
es justo quel vino vueno y el que no es tal se venda
todo a un presio y que los que tienen vino para ven-
der lo vendan á los dichos presios que les pusieren
so las penas quel dicho alcalde y fiel executor les pu-
sieren y ningun pulpero ni otra persona que vende vi-
no pueda tener mas de un genero de vino so pena de treyn-
ta pesos por tersias partes camara jues y obras publicas.
Aqui el precio de Y enquanto a la propusicion de la leña se acordo
que de aqui adelante ninguna persona vaya com barcas
ni otros vajeles a las yslas y montes de la juridision
desta ciudad a cortar madera para vender sin lisensia del
cavildo o del Señor governador y quando se les diere
sea para traer la que hubiere menester para el gasto
de sus cassas y si la pidieren para traer leña para ven-
der ses con cargo que cada carretada de las que sue-
len traer el dia de oy la den puesta en el riachuelo a
tres pessos y puesta en la ciudad a tres pessos y me-
dio y siempre los que cortaren las dichas maderas an
de ser obligados a dejar horca y pendon conforme a
las leyes y esto se pregone para que asi se guarde so
pena de perdimiento de las barcas carretas y bueyes