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Acuerdo de a e

34 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES de los Reales exercittos de su Mag.* y su Governador y Capitan General de estas Provincias del Rio de la Platta, Haviendo visto la copia de las dos foxas anttecedenttes del Acuerdo celebrado el dia dos del corrientte mes por el Cav.% Justicia y Rexim.' de esta Ciu.! la qual se enttrego á S. E. el dia siette por los diputtados nombrados en dho Acuerdo en q. se intterpone supp.* para amtte S. M. y señores de su R.' y supremo consexo de las Indias sobre haverse aplicado por la R.' deliveracion el tercio .del pro- ductto de la corambre para la forttificacion de Monttevi- deo. Dixo S. E. devia de Declarar y declarava no haver lugar á admittirse / dha sup.**, y que se lleve a pura y de- vida execucion la expresada R.' deliveracion sin embargo de la representtacion que hace dho Cav.* por la grande importtanzia de conttinuar la forttaleza de Monttevideo, como S. M. lo encarga sin cuio advittrio se imposibilitta- ria su construccion y mandó que así se haga saver á dho cav.% para que cumpla por su partte la R.' resolucion, y lo firmo Su ex.*=Zavala—Ante mí Ju.” Baup.* de Alqui- zeleete Escrivano de Haci.“* R.! y registtros = Test.d = Ante mi=entre r* ante mi=Concuerda con el auto orig.' de su contexto que para en mi poder a que en lo nesesario me refiero y en virtud de lo acordado di la pres.* en Bue.” ay.* a catorze de Mayo de mill setec.* y veinte y nuebe años=

Domingo Lezcano.—S.” P.w y Cab,t

A Zinco de Nobiembre de 729 de orden Verbal del S.* Gov.” saq. copia deste autto y acuerdo de dos de Mayo.= Hay una rúbrica del escribano

CABILDO DEL 16 DE MAYO DE 1729 (Poja 24 del libro original)

En la M. N. y M. L. Ziudad de la ss." Trinidad y Puerto de Santa Maria de B.* Ayres á dies y seis de Mayo de mill setezientos y veinte y nueve a" el M. L'* Cab.