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Diputaz,t=

30 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES q. por este defecto quedan constituidos por tales fiadores atento a constar de autos no averse savido por entonses la cantidad fixa de q. devia dar las dbas fianzas solo se atendio por entonzes a dar entero cumplim.'* al auto por el qual se mandó fuese restituido al uso de dho oficio el referido D." fran. Diaz Cubas vaxo de aver ofrecido dar las fianzas q. deviese dar y que aviendose allado el exem- plar de averlas dado en cantidad abierta D.” Luiz Na- varro se mundó por auto deste Gov." de dies y siete de Marzo de setez.” y veinte y Zinco la diese de mill p.* del qual ynterpuso apelaz.” para ante los S'*" Pres.* y oidores de la Real Aud.* y en seguim.” della se presento en Veynte y quatro de Marzo de dho año pidiendo Vista de los autos para seguir / el recurzo y se le mandaron dar sin que hasta aora aya hecho otra dilig.* y porque se alló des- pues nuevo exemplar de aver afianzado D.* Luiz de To- rrez Brizeño Then.* de Alguacil m.*” q. fue por nom- bram.' de D." Juan Pacheco de Santa Cruz q. lo era pro- pietario aver afianzado asta en cantidad de dos mill p." se mando por este (av. que el Proc." Gnrl ocurriesse ante $8 E.* para q. se sirviese declarar la cantidad q. devia afianzar el dho alguaz.! m.* respecto, de la duda q. se ófreci al cav.1 y q. por estas rasones se deve dar quenta a $ E.* Con los dhos autos q. an sido el motivo por q. se resivio a dho Alguacil m.”: sin q. diese la referida fianza 9. determinado la q. fuere obligara al dho alg! m.” a ella y q. en el ynterin no le deve parar perjuicio a este Cay.% expecialm.'* no estando resuelto el punto de la apelaz.* ynterpuesta por dho Alguaz.! m.* lo qual y la suspenz.» q. a tenido de su empleo a dado meritos para no averle / Instado a q. de la dha fianza y que para q. se de satisfax.on a S E.? se saque testim.? deste acuerdo se pongan con los autos y se le lleven para q. sobre todo de S E.* la provi- dencia q. fuere servido=

Los $."* D." Juan de Zamudio y D.” Mathias Solana dieron razon de la Diputaz.* sobre la sup.* ynterp.* al