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LIBRO XXI 17 de pagar lo q fuere Juzgado y sentenciado contra ellos por los Señores Ex.”* S.* Gov.” y oficiales rr.* de estas dhas Provincias en los autos sobre cinco mill trecientos y tres Cueros desgarrados y trecientos y diez y ocho mas que sirven de Tapas a ellos se estienda tambien a favor de esta Ciu.* por qualquier dró. q. tenga o pueda tener legiti- man.” a ellos o su valor reiterando a maior abundam.” dha obligacion con todos los requisitos en ella comprehen- didos ; como lo suso dho mas Largam.* consta de la citada declaracion y de pedim.'” del referido D." Salvador doi la presente certificacion en Buenos Aires a Veinte y dos de Marzo de mill setecientos y Veinte y nueve=Juan Baup.” de Alquizaleete ess." de haz.“ real y registros=
Ex.” S."—D.* Salv.” Garcia Poze en Vista del memo- rial presentado por D." Bern.“ de Samorategui y testimo- nio de acuerdo del Cavildo Juzticia y regim.'” de esta Ciu.1, puesto a la oved.* de Vx.* Dize q. como consta por la certificaz.”” adjunta queda estendida lu obligacion / y fianza q. tenia otorgada el suplicante con D.” Ignacio de Zevallos sobre los cueros q vendio a dho Don Bern.“ para qualquier dró. q. a ellos o su valor pueda tener legitimam.'* dho Cavildo como previno en su Acuerdo por lo que : Sup.* a Vx* se sirva mandar correr la liz.* de embarque de dhos cueros pur no ofreserse embarazo para ello que sera Juzticia €.*=
Buenos Aires Veinte y tres de Marzo de mill setecien- tos Veinte y nueve : En atencion a lo propuesto por el Ca- vildo de esta Ciu.2 por el Acuerdo que celebro en veinte y uno del Corr.* y a lo q. resulta de la Certificaz." que press.'* el suplicante se le concede a D.* Bern.** de Samo- rategui la liz.* que tiene pedida por el memorial que pre- sento en diez y siete del corr.* para q pueda conducir del Puerto de las Vacas y Barracas del r.' Assiento á su na- vio los cinco mill trecientos y tres cueros desgarrados y
ARCHIVO 2.—TOMO VI
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