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LIBRO XXI 221 ñores Alcalde de primer Voto y D.” Mathias Solana hi- ¡pitan ver cieron demostracion de un manifiesto firmado de Su mano 2 20010 Die que haviendose visto mandaron se incerte En este acuerdo y echo se lleve por mi el pressente Escrivano al M. Bene- rable Dean y Cavildo Ecleciastico Sede vacante Con la Brevedad posible que su tenor á la Letra es como se si- gue=Benerable Senado que por boca de el mejor Capelo San Geronimo se nombra ál Cavildo Ecleciastico de las Catredales=L. M. 11t.* y Nobilissima Ciudad de Buenos- Aires y por ella los Diputados nombrados que firman este Deseando La paz y quietud de esta republica y Sin em- bargo de los Solidos fundamentos con que repressenta á 'V. S. en dos manifiestos las razones Jurídicas que se te- nian prehevistas para que el Juez secular pudiese conocer (como matheria de echo) en lo tocante ál modo Lugar citio y forma en que se / Devia pagar Los muebos Diezmos de .*") cal Ladrillo texa madera Cueros graza y cebo y que esta cuestion la decide el Politico Bobad : en su Lib 2. Cap. 18 f. 796 n.” 141 asta el 47 y en el f. 712 n.* 134 Doctrina esta q. átendiendo p.' V. S. pagaron Los Diputados ningun encuentro Sobre el asumpto no obstante por evitar Dife- rencias en el ultimo manifiesto propuso esta ciudad seria Comveniente se celebrase Concordia entre ámbos Cavildos con la que quedase decidido el Lugar de la paga y su forma en las referidas expecies y retardando V. $. esta re- solucion se bolvio 4 incistir de nuebo por esta ciudad Lo- grando sus Diputados pocos Dias a la comferencia sobre este intento y como en ella refiriese ú V. $. se hiciese in seriptis la propuesta concordia executandolo manifiesta esta Ciudad Tias razones que á podido conciderar para que siendo estas en Justicia y equidad den merito a la com- vencion de la Concordia.

Referir Los Disturbios ánteriores las competencias de Jurisdiciones y repetidos recursos sobre la cubranza de los nuebos Diezmos a la reul. y poderosa mano de S. Mag.* y supremo consejo de Indias lo jusga por ócioso esta ciu.l