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LIBRO XXI 157 dear Dinptedamws > y 18 wrmeron y no asiótieron los expresados antedentem.*= Anttonio de Igarzaval. — Juan de Rivas. — Fran,co Diaz Cubas. — Ju.* de Zamudio. — / Mathias Solana. — Joseph de Esparza. — Santiago de Zamudio, — Luis Na- varro.—ate. mi: Domingo Lezcano.—8." P,% y Cab, do

AUTO DEL GOBERNADOR CONFIRMATORIO DEL QUE FIJA LA JURISDICCIÓN DE LA CTUDAD DE SAN FELIPE DE MONTEVIDEO

(Foja 189 vuelta del libro original)

in la M. N. y M. L. Ziudad de la SS.”* Trinidad y ,

Puerto de Santa M.* de B> Ayres a Veynte y Uno de

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Nobiembre de mill setez.“ y Veinte y nueve a.* el Ex." ¿0%

S.” D.* Bruno Maurizio de Zavala Cavallero del horden de Calatrava Then.'* Gnrl. de los exercitos de S. M. y su Gov.” y Cap.” Gnrl. destas Prov." del Rio de la Platta : Haviendo Visto los auttos seguidos sobre los deslindes de la poblaz.* de la nueva Zin.1 de $." Phelipe de Mon / tevi- deo y la contradiz.* hecha por el cav.* Justicia y Rexim.'” desta Ziudad contra dhos deslindes dixo. q. respecto de q. por la Real Zedula de S. M. de Madrid de quinze de Jullio del año pasado se aprueva todo lo actuado por S E.* por star arreglado a la disposision de Leyes y ordenanzas de- via de mandar y mandó se guarde cumpla y execute todo lo q. se alla executado en quanto a la poblazion y deslin- des de la dha Ziudad de Sam Phelipe de Montevideo se- gun y como se previene en el autto qu se mandó ynsertar en los libros de Acuerdo y consta estarlo a f. ciento y dos del Cab.% Just.” y Rexim.'” desta Ziudad quien tendra

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