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' LIBRO XVIHL 433 Regidor y Don Bern." de Saavedra Alcaldes hordinarios= d." Josepb Gonz.* Marin Alferez Real don Luis Navarro Alguacil: m.” don Bálthasar de Quintana Godoy don Lu- cas Manuel Belorado don Juan de Zamudio don Bartholo- me Montaner don Sevastian Delgado don Mathias Solana don Miguel Geronimo de Esparza don Thomas de Mon- salve Regidores Y estando asi Juntos y Congregados en la Sala Capitular de sus Acuerdos a tratar y Conferir las cosas tocantes a la Utilidad y Pro comun de esta Re- publica y sus Avitadores como lo an de Uso y estilo en Cuio estado : Se trato sobre lo transferido en el Acuerdo antecedente y el que en el se Cita Que aviendose Confe- rido el dho. S.” Alcalde de primer Voto dijo que la ley Citada por el Señor Alcalde de seg.* Voto no Comprehen- de el cazo de la objecion que se a puesto por dho. s.* a don Joseph Ruiz de Arellano por lo que ministran las Razones Sig.'* La primera porque dha. Ley se a igno- rado hasta aora en esta Cin.“ y por el Consiguiente im- practicada con que es evidente en dró. que toda Comina- cion maridato o apercivim.' aunque sea por Ley Vando o pregmatica no llegando a noticia del Pueblo no puede pa- rar perjuicio a gus moradores y que la ley a sido igno- rada se prueba de q. si algun Capitular la Ubiera Com- prehendido parece le incumbia la oblig.” de prebenirla al regidor que por ignorar la contrabenia a ella porque de lo contrario se deve inferir malicia y por este motivo com- prehendido en la misma culpa=ZLa seg.“ que aun cuando la dha. Ley no se ignarara y estubiera corr.'* en las Re- copiladas de Yndia que son las que directam.'* se forma- ron para estos reynos y por eso practicadas y Savidas ; Si el Pueblo tubiera costumbre en contra de ella no Compre- hendia a ningun Capitular a pena alguna Respecto de lo que priva dha. costumbre en toda la Corona como se pue- de ber en Varios autores y en las mismas leies Recopila- das pues en muchas de ellas dize su Mag.* hordeno y man- do se egecute este y lo ótro, menos donde Ubiere cos- ARCHIVO 28.—TOMO 1V

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