Página:ACEC TomoIV Libro III SerieII.djvu/73

Esta página no ha sido corregida

LIBUO 1 él

cuenta pesos y conviene se acuda a la paga dellos y porque aun de la dicha "repartigion falta por cobrar hasta en la dicha cantidad y tanbien esta giudad no tiene propios de que acudir a la dióha paga aviendose' tra- tado y conferido sobre ello se acordo que los dichos zien- to y gincuenta pesos se tomen prestados del dicho Miguel de Rivadoneyra que los presta por veynte dias a esta ciudad en confianza de que se cobraran de las personas u quien estan repartidos con que pasado el dioho ter- mino contando por sola su palabra que se an cobrado se le de libranga sobre los propios por la dicha canti- dad o por la que restare por cobrar y ansy se acorde. Y que ek dicho maestro de regivo de toda la cantidad porque se congerto la obra y changele la escritura.

Y con esto se acordo ansy mismo se haga ynfor- magion en rragon de la negesidad y enpeño de los propios y de lo que se a gastado en las obras del Fuerte y otras publicas para que se despache a Su Magestad que mande se entreguen a la giudad las Ponas de camara de la pes- quissa en birtud de la merged de los diez años y se co- metio al dicho Depositario General y Alferez Real y Miguel de Rivadeneyra.

Y con esto se gerro el cavildo y lo firmaron. —Pedro. Gutierrez —Anton Higuera de Santana.—Franisco Mur noz.—Don Enrrique Enrviquez.—Bernardo de Leon.—Mi- guel de Rivadeneyra.—Juan Nyeto Umanes de Molina. —Francisco Garcia de Villamayor.—Diego Ruiz de Oca- ai—Juan Burragan.—Ante mi: Crisptoval Remon, Es-

crivano Publico y cavildo.

Sobre las obras 401 fuerte