Página:ACEC TomoIV Libro III SerieII.djvu/68

Esta página no ha sido corregida

56 AOTAS DEL CABILDO DR BUENOS AIRES

lo contenido en su pedimento y le regivieron con que tenga casa poblada y acuda a las demas obligagiones

que los tales veginos deven y estan obligados.

Y con esto se gerro el cavildo y la dicha Jnstigia

- y Regimiento lo firmaron.—Pedro Gutierrez.— Anton Hi- quera de Santana.— Francisco Muñoz. Don Enrrique En- rriquez.—Bernardo de Leon.—Miguel de Rivadeneyra.—

Juan Nyeto Umanes de Molina.— Pedro Sanchez de Lu- que—Francisco Garcia de Villamayor. —Juan Barragan. —-Ante mi: Cristoval Remon, Escrivano Publico y Ca-

vildo. CABILDO DEL 7 DE'MAYO DE 1618 (Foja 167 vuelta del libro original, coi. En la giudad de la Trinidad en siete dias del mes de

Mayo de myll y seis gientos y diez y ocho años se junta- ron a cavildo en las casas del la Justigia y Regimiento desta qiudad el Señor Hernando Arias de Saavedra Go- vernador y capitan General destas Provingias y los ca- pitanes Anton Higueras de Santana y Frangisco Muñoz Alcaldes Hordinarios y Don Enrrique Enrriquez Alferez Real y Bernardo de Leon Depositario General y Juan Nyeto de Humanes de Molina Frangisco Gargia y Juan. Barragan Regidores.

Y por no aver que tratar se gerro el cavildo y lo

firmaron. Sobre poro Acordose se escriva a Su Magestad en rragon de la sion se permi prorogagion de las permigiones y de que se congedan

negros conforme a la ynstruigion que se ynvio el año pasado al Procurador.