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LIBRO 11 439

En este cabildo Juan Barragan Regidor y Fiel Executor propuso como Manuel de Higueras de Santa. na obligado de las carniserias de esta Siudad el gana- do que mata on ellas es muy flaco de que clama la republica y es dañoso parz la salud porque ay muy gran falta de mantenimientos y muchos pobres se sus- tentan con solo carne de baca de mas que conformea su remate tiene obligassion a matar [buena carne de tres años para arriba y desde esto mes de Otubro ma- tar dos beses en la semana y ninguna de estas cossas cunple y es nessesario que con efeto se execute todo lo referido y bista la dicha propusion por todos los Capitulares unanimes y conformes acordaron que el dicho Fiel Executor bea cada semana el ganado que trao el obligado antes que comiense a matar y lo que no fuere de edad y estuviere flaco no consiente que se mate probeyendo de abasto de las personas y par- tes que le paresiere mas a proposito que den buena carne matando dos dias en la semana martes y sabado y si consertare con las tales personas alguna cosa mas de el presio que esta obligado el dicho Manuel de Peralta sea a costa del susodicho en el qual y en sus bienes so execute con las demas penas contenidas en sus remates porque para ello si es nesesario daban y dieron comision bastante a el dicho Fiel Executor co- mo serequiere de derecho y el dicho Fiel Executor lo aseto y prometio de lo ounplir como debe y es obli- gado.

Con lo qual se acabo y serro y firmo este cabildo. —Don Gil de Ozcariz—El Ligensiado Grabiel Sanches de Oxeda.—Joan de Vergara.—Francisco de Manganares. —Diego de Trigueros. —Juan Barragan—Juan Baptista Angel —Ante mi: Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cabildo.