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sele pudiere dar para el dicho biaxe porser los gastosgran- des y los dichos Capitulares dixeron que luego se agan las ynstrusiones.e ynformaciones nesesarias y que pareciere conbenir para el bien de esta tierra por los Señores Alcaldes Capitan Frangisco Garcia Romero y Sebas- tian de Orduña y el Procurador Alonso de Bergara a quien nombraron por diputados y fechos se traygan a este cavildo y para que se junte alguna ayuda de costa para la yda y despacho del dicho Procurador General hagan diligencias entro los bezinos y morado- res de esta dicha ciudad y se acuda al Señor Gober- nador para que se sirva de hacer mersed a esto cavildo y republica en acomodar a el dicho Procnrador General para su brebe despacho dandole permisiones y hazien- dole otras comodidades para que se pueda suplir el gas- to y lo que gastare en derechos de Secretario y des- pacho de gedulas y en letrado sele pagara de los pro- pios de este cavildo y se haga el poder que a de lle- bar muy bastante poniendo en el por su muerte en- fermedad ó ynpedimento a quien este cavildo tiene nombrado y dado su poder en la Villa de Madrid y asi quedo acordadado y estando presentes los dichos Alcaldes los asetaron y se ordeno que todos los Capi- tulares acuden á darles memorial de las cossas quele paresiere para quese pongan en la dicha instrusion.

Y con esto se serro y acabo y firmo esto dicho cavildo.—Ligengiado Luis de Azpeytia—Francisco Gar- gia Romero.—Sebastian de Horduña.—Lucas Pacheco. —Bernardo dé Leon.—Juan de Vergara.— Prancisco de Manganares. —Diego de Trigueros.—Don Gaspar de Guete —Thomas de Rosendo.— Ante mi: Pedrode la Pobeda, Escrivano Publico y Cavildo,