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LIBRO NL 129

y Provincia en lugar y. por falta del Capitan Simon de Baldes que lo es por Su Magestad por su ausengia que a echo con licengia de dicho Señor Governador para fuera desta giudad por el qual le nombra para que lo use en la dicha ausengia e hasta que su Mages- tad o el Señor Birrey otra cosa provean con que de fiangas para el buen uso del y hagan la solemnidad del derecho. Y abiendose bisto y leydo el dicho nonbramiento en dicho cavildo por los dichos Capitulares se mando que el dicho Don Juan higiese la solenidad del derecho y luego juro por Dios Nuestro Señor y por una señal de Cruz de que bien y fielmente usara y exergora el dicho cargo y guardara las leyes y ordenangas rreales y lo demas que deviere hager conforme a la obligagion de su ofigio que hagiendolo asi Dios le ayudase y a lo contrario se lo demandasse con lo qual y con obliga- qion de dar las fiangas la dicha Justigia y Regimien- tos y Capitulares del de un acuerdo recivieron al dicho Don Juan de Tamariz al usso y exergigio del dicho ofigio para que lo usse en todo lo a el tocante y se le guarden las honrras y preeminengias de que debe gogar y tenga boz y boto en este cavildo conforme a su ti- tulo de que mandaroñ se ponga un tanto en este libro.

En este cavildo se presento petigion por Lucas Pacheco hermano de Frangisco Gonzalez Pacheco Al- guagil Mayor desta giudad digiendo como a servido en este Reyno de muchos años a esta parte en descubrir minas y aumentar su Real Hagienda y quintos y otras cosas. Pidio sea rregivido por vegino desta giudad. Y bisto por los dichos Capitulares de un acuerdo le regi- vieron al dicho Lucas Pacheco por vegino desta ciudad para que goge de las preeminengias esengiones y liver- tades que los demas veginos con obligagion de tener casá poblada y acudir a las demas obligagiones a que

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Peticion le ve=