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LIBRO UL 117

crivano que de ffee lo enbie al Govierno para que se lo despacho titulo del dicho offigiosy no queriendo ase- tar las dichas condigiones los Offigialez Reales de la dicha Villa de Potosi hagan traher de nuebo en prego- nes el dicho offigio con las dichas condigiones sin ad- mitir otras algunas e lo rrematen en el mayor ponedor por el horden contenido en la ynstruygiones de bentas de offigios y enbien testimonio dello al Govierno para que se apruebe el rremate y se le despacho titulo. E lo ifirmo el Principe Don Frangisco dé Borja. Ante mi Mi- guel de Medina. En cuya confformidad di y despache probision en beinto y nuebe de Nobienbre del año pa- sado de seis sientos dies y seis y siendo notificado el dicho Julian Perez Martel se desistio y aparto del di- cho remate por abersele limitado las condigiones que pusso y en cumplimiento del dicho auto e probision los Oficiales Reales de la dicha Billa de Potosi bolbierom al almoneda el dicho offigio y en los treinta pregones que se dieron se higieron puxas y posturas y se asigno dia para el rremate y abiendose hecho otros autos y de- ligencias quedo rrematado en Frangisco Gongalez Pache- co en treinte y un mill pesos de a ocho rrealez con las condiciones contenidas en el dicho auto los siete mill y quinientos pesos dellos de contado el dia que se le diese la conffirmagion del dicho offigio e los demas restan- tes en sinco años adelante segun parego del dicho rre- mate que su tenor con el testimonio y la sertifficagion de la obligagion e ffianca que en cunplimiento del se otorgo es como se sigue: En la Vila Imperial de Poto- si en diez y siete dias del mes de Agosto de mill y seis sientos y diez y siets años abiendose buelto a poner a las puertas de la Cassas Reales que son en la Plaga Publicades- ta Villa para proseguir en el remate del offigio de Alguagil Mayor del Puerto de Buenos Aires el baffete sillas y demas