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679 las apelaziones y Suplicas en todos todos. grados e Ynstan zias asta su final conclusion Saquen y Ganen realez pro viciones Cartas Executorias y otras Generales de Zensu ras y todo. lo hagan publiuar notificar y llevar a devido Cumplimiento y fina1m.'° todas quantas diligenzias Judi ziales y Estrajudiziales se nequieran y sean uezesarias que siendo todo ello heoho »y otorgado por los dhos. D .“ Pe dro de Herrera Urtado y Fran.°° Javier de Terrazas este Cavildo desde luego lo aprueba y ratitiea revocando Co mo revoca todos los demas poderes que asta el dia de oy a dado dejando 5. los podatarios en su buena. opinion y fa ma y Con facultad de que lo puedan Sostituir en todo ; U, en parte en quien y las vezeas que les pareziere revocar Unos sostitutos y nombrar otros y a todos relevamos de iianzas segun forma de dro. a cuia firmeza obligamos los Vienes y rentas de este dicho Cavildo presentes y futuras y assi lo otorgamos por ante nos mesmos y por Ymposi-. bilidad de los escrivanos que al presente ay en la Ciudad de la Trinidad Puerto, de Buenos Aires a nueve dias del 4:. my mes de J unio de mil Setez.°’ y treze anos. y lo firmamos test.‘°=l0s=a cuia iirmeza=no Vale·= Alonso de Berezosd y Contreras.-Anttonio de larra zabal. ——Josseph de Narriond0.—D. Baltthazar de Q."° go doy.—Juan Bau.‘“ Fermmdez.—Juan Joseph. Moreno. D.” Pablo dc Ra¢m.ila.——D.” Lucas Manuel Belorado. CABILDO DEL 16 DE J UNIO DE 1713 (Foja. 210 del libro original) En la Ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Aires a d(g*gg;g§°d§°,7}§ diez y Seis dias del mes de J unio de mil Setezientos y tre ze an.' el Cavildo J ustizia y regimiento de ella estando