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669 mi J ustizia en su J urisdicz.““ que luego q. por Vos. fueren requeridos con este despacho y Vro. Titulo, os la den y en treguen y no Usen mas de sus oiizios de vajo de las pe nas en que Caen, e Yncurren las personas que Usan de •zios publieos y reales, para que no tienen Poder ni fa eultad q. Yo les Suspendo, y e por suspendido de ellos Para Usar y Exerzer este empleo, Oumplir y executar mi Justizia Se Conformaran Con Vos todos los Vezinos y naturales de la referida J urisdicz.°“ y os obedezeran y Cumpliran Como se lo mando, Vras. ordenes y las de Vros. Lugarthenientes, no poniendoos. ni consintiendo se os. ponga embaraso, ni Ympedimento alguno en el Exerzizio y Use de este 0f1Zi0=P&I’Bn todo lo referido os doy el po der y facultad que en tal caso se reqniere, y fuere neze sario., y mando que tenga entero Cumplimiento y q. para ello os ayuden, y den todo favor Y Asistenzia q. nezesi- u . wz - . 1 taredes, mi Virrey del Peru y las Audienzias y¤ demas mi nistros de aquel reyno de qualquier Grado que sean, a quienes en algo puede pertenezer 6. tocar la Execuzion de todo lo Expresado, fha. en Madrid 5. diez y Seis de febre ro. de mil Setezientos y nueve anos=Yo El Rey¤Por man dado del Rey nro. Senor=d.“ Bernardo Tinajero de la es ca.lera=C0n·cue1‘da este traslado Con la Ynstruzion Origi nal y Capitulos de ella que para efecto. de sacarle. Exibio ante mi. el Senor Coronel Don Alonso de Arze y Soria. G0 vernador y Capitan General de estas Provinzias del Rio de la plata por su Mag.“ que d.’ guarde) y bolvio a su poder a que en lo nezesario me refiero ba cierto y Verda dero Corregido y Conzertado y para su Validazion Ynter pongo en el mi Autoridad y decreto J udizial yo el Cap. D.“ Antonio. de larrazabal Vezi11.° y Alcalde Hor.° J uez de menores por Su Magestii D.' le guarde. en esta Ciudad. de la Santissima Trinidad Puerto de Santa Maria de Buenos Aires. a Veinte y quatro dias del mes de Abril de mil Se tez.°' y treze aims. y lo drmo Con testigos por Ymposibili dad de los Escrivanos q. ay y Conforme a auto de este