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619 mano xvr respecto de los Cortos medios Con q. se alla esta Ciu. para las funciones acostumbradas, y las Extraordinarias que Se Suelen ofneqer y q. este Es Su pareser y Votto so bre todo lo referido En este Cavildo; Y por lo q, toca al Cumplim.°“ de lo mandado por el S.°' Lie.‘° d." Juan Joseph de Mutiloa y Andueza del Consejo de su Mag? y Alcalde En su Gaza y Corte a Cuyo Cargo esta E1 Gov. “° desta Ciu.‘ y Prov} En orden a q. de quentas a este Ca bildo. I).“ Miguel de Riblos depositario General del Tmpo. u. in V.) q. lo fue nullo Es su parezer Sea llamado a este Cabildo y se le mande de luego El devido Cumplim.‘° En todo y por todo y por lo q. mira al tomar las quentas al S.° Reg."°' d.‘“ Gaspar de Abellaned-a de la administracion de las alcavalas Esta pronto a hazerlo en comp! del S.°' Al calde Seg.‘*° Votto Cap? d.“ Antonio de larazaval y para q. assi mismo Se tomen las del Mayordome Como Es Constumbre dava su Votto el S.°’ Reg.°’ d." Juan Baptista Fernandez, y haviendose Conferido largam.°° Sobre este Capitular Unanimes y Conformez acordaron de q. En lo q. mira a los propios de pregoneria y mojoneria para acor darlo Con mejor madures Se deje para otro Cabildo Tenien dq El remate press.*° para mayor acierto; y por lo q. mira a las quentas de Alcabalas nombravan a los Sefiores d.“ Alonzo de Berezoza y Contreras y d.“ Antonio de la razabal Alcaldes ordinarios y para las del Mayordomo a los S."° d.“ Bathazar de Quintana Godoi y d." Juan Bap tista fernandez, y en lo q. mira al de d.“ Miguel de Riblos se a llamado por Uno de los Porteros de este Cabildo, y haviendo Entrado a el Y heehole notorio lo axsordado por este Cabildo y entendido su tenor dijo q. esta pronto a Cumplir lo q. ordena El S.°' d.” Juan Joseph de Mutiloa, En quanto a dar las fianzas a satisfaceion de este Cabildo segun y como lo dispone la la ley quarta Titulo 20 lib.' octavo de la recopilagion, pero q. su S."‘ del S.°' d.“ Juan Joseph, ni la ley referida m-annda ni djspone q. de quenta a la Sefnoria del Cabildo de los depositos de su Cargo, y q.