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LIBRO XV 343 capp." Gen.! de esta Provincia obliga Y manda salgan Para la de s.* fee al Resguardo Y defenssa de ella con la ocassion de la guerra que se esta haz.% a los Yndios ene- migos Por el Gov.* del tucuman=Y oponiendosse Lo Referido a lo que Su Mag.* tiene mandado y Prevenido en sus R.* Hordenes Y Zedulas Y expecialmente en la de Veinte y cinco de Agosto del año passado de Seiscientos y noventa Y cinco en favor de esta dha. ciudad y sus Ve- cinos con la noticia que se allana de las molestias Y Veja- ciones que Recivian en Semejantes cassos deviendolos, eje ejecutar La gente Pagada que tiene Atendiendo que los dhos. Vecinos no. falten a suss Zementeras si no es en los cassos contenidos en dha. R.! Zedula Y el enemigo a la vista Y siendo el tiempo Pressente tan proxsimo a Recoger sus cossechas Y en el que estan diberttidos muchoss de ellos en la corambre que se a de hazer Para los navios de ne- gros del R.? Asiento en q.* su mag.* catholica es yntere- ssado =es Su parecer Se yntime a Su ss.* dha. Real Ze- dula Para que Con su Vista Provea y determine Lo que fuere servido atendiendo a la Real Voluntad Y aquestos Pobres Vecinos no sean perjudicados como Lo tiene man- dado Respecto de que le sirven a Su costa y menzion en los cassos que Se ofrezen de Su Real servicio y defenssa de esta ciu.l como son obligados =Y Visto y oydo dho. Parecer Por los demas señores capitulares. acordaron que se le haga al dho. S.* Gov." La dha. Yntimazion cuyo efectto nombraron Por diputados a los señores Capp."* D. Miguel de obregon Alguacil Mayor Y a Don Juan Joseph moreno a quienes se les entrego dho. Real despacho y testimonio de este acuerdo Para que con asis- tencia del Pres.'* ss.” lo lleven al S.* Gov.” Y por no haver otra Cossa que tratar Y conferir se mando Zerrar este acuerdo Y lo firmaron todos Los dhos. señores capi- tulares=entre R.*=p.* que con asist.* del pre. ss.%* se lo lleven al s.* Gov.* Por el Gov.” del tucuman, v..—

Pedro de Jiles, — Ju.* Maziel del aguila, — Mig. de


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