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LIBRO XV 279 á los gastos y costos haviendose embiado Una lancha q. es embarcazion muy pequeña no subsiste deviendose con- siderar en esta Materia no ser lo mesmo embiar dha. lan- cha, que despachar Una embarcazion grande q. Pueda Traer, en un viaje lo que no podra en muchos dba. lan- cha, y porque el daño referido de las Calles se acresse en gran Parte con el deshorden de Tantas personas de todas laias que las Curssan Yngecantemente en que se experim.', no solo demoler la Tierra para que con mas facilidad Se la lleven las aguas sino el faltar al rrespecto a las perssonas mas Condecoradas y Ótros yncomben.'", que en los tpos. Anttez.**, se an experimentado como es átropellar muchachos y llenar de Tierra a quantos han- dan por Ellas, atendiendo á tan Grave Yncomben.* és, muy de Justicia se suplique tambien á dho. ss.", Gov.”, Se sirva romper Vando como en los Tpós. Anttez.** de- vajo de las penas q. parecieren combenir mandando nin- guno se atreva, á handar, á Cavallo por dhas. calles sino fueren los Soldados de la Cavallería que estubieren de Guardia de Reten y los que salen O bienen de las hacien- das de Campo= Lo terzero que haviendose pedido por mi Antecesor se cierren las Vaquerias por las Razones q. cons- tan de sus Escríptos y se hallan expresos en los Libros de Cavildo; que aqui Reprodusgo como si de bervo ad ber- bun, los expressase ; y que así mismo se despachase gente á explorar dhas. Campañas y traer de éllas á quantos fue- son hallados Sacando el ganado Vacuno que ay En éllas, buelvo de nuevo á hazer Ynstancia en conciderazión de que si en este casso no se pone Reparo Infaliblem.”, Se bera el yrremediable daño de ácavarse totalm.'” dho. ga- nado, que ocacionara, la total Ruina, de esta ciudad sin que pueda haver quien Viva en élla, pues en el estado pres.'* (como á Vss.*, le consta) no le á quedado Ótra combeniengia, Y porque la execuzion de esta dilig.* pide, sea con toda Brevedad, y prebencion de gente por los muchos Ladrones, que no solo de las ciudades Comarca-

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