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LIBRO XIV 19 tan de la obligación de todos, en lo que cupiere en su po- sibilidad ; y lo ármó, de que doi fee=

Don Alonso Juan de Valdes y Inclan=A.* mi: Fran.* de Angulo.—ss.2 de su mag.

CABILDO DEL 23 DE ENERO DE 1708 (Foja 212 del libro original)

En la Ciudad de la Trin.* Puerto de Buenos Aires á veinte y tres dias del mes de Henero de mil setecientos y ocho años : El Cav.* Justicia y Regim.' de ella, com- biene a saver los Señores Capitanes Don Joseph de Arre- gui Alfrz. RI. y Don Mig.' de Riblos Alcaldes hordin.* Don Balthasar de Quintana Godoy Alcalde Provl, de la S.* Herm.* Don Mig.' de Obregon Alguacil m.* Fern.“ de Rivera Mondragon, Don Juan Pacheco de Sancta Cruz y Don Juan Baupta. Frz. y no asistio á este Cav.“ Don Gaspar de Avellaneda por estar enfermo y estando con- gregados, en la Sula de sus Acuerdos para Tratar lo tocante al pro desta Rep * Sus Vezinos y moradores, como lo an de uso y Stilo; yo el press.* $S.2% hice notorio a la señoria de dho. Cav.“ el Auto antez. del S." Gov.” y Cap.” Gen.' destas Prov.* y haviendolo oído y entendido, unanimes y conformes digeron q. luego q. llegue á esta Ciu.* el S.* Don Man.' de Velasco y texada q. viene a suzeder en dhos. Cargos a dho. S.* Gov." y Cap." Gen.! Conferirá con su Señoria todo lo contenido en el Acuerdo de Veinte del corriente : y assi mismo baviendo conferido sobre los Señores q. an de Yr a dar la bien benida a su Señora luego q. dé fondo en el surgidero deste Rio; acordaron de una conform.* fuesen a darsela en nombre deste Cav.” los Señores Don Joseph de Arregui Alcalde hordin.” de

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