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gía a las partes y en todo haran lo que deven y son obligados y a la conclugion dixeron «si juro» y «amen» y lo firmaron.—Manuel de Frias.—Prungisco de Salas.— Fernando de Bargas.—Simon de Valdes.—Bernardo de Leon.— Vittor Casco de Mendoga.—Anton Higueras de Santana.—Juan Nyeto de Umanes de Molina.—Pedro Ro- driguez —Ante my: Martin de Marechaga, Escrivano Publico y de Cabildo.

Y luego yncontinente en el dicho Cabildo el Señor Gobernador abiendo visto la elegion y asetagion de los dichos eletos en nombre de Su Magestad dio y entrego las varas a los dichos Alcaldes Hordinarios y de la Santa Hermandad para que como tales Jueges en todo lo que conbiniere en las causas gebiles y creminales hagan jus- tigia a las partes y acudad a su obligacion cada uno en lo que les toca y tiene la juridigion que para ello y a los dichos Regidores y demas Ofigiales se les da por este Cabildo poder y facultad en nombre de Su Magestad para lo poder usar cada uno por lo que le toca. Y con esto lo firmaron de sus nombres y con esto se cerro este Cabildo.—Hernandarias de Saaredra.—Don Juan de Bracamonte.—Christoval de Aroztegui.—Simon de Valdes. —Fernando de Bargas.—Xpoval Nabarro.—Bernardo de Leon.—-Juan de Garay.—Felipe Nabarro.—Miguel de Ri- badeneyra.— Domingo Gribeo.—Ante my: Martin de Marechaga, Escrivano Publicó y de Cabildo.

Entrega de las va- ras de la just cia,