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la dicha merced en cuanto a lo que se condena para la real cámara de lo tocante a negros tomados por perdidos, ni de lo tocante a mercadurias descaminadas se sirva Su Magestad declarar esto haciendo merced aesta ciudad de que la que tiene hecha se entienda de todo, pues habiendose de acudir al reparo del fuer- te y obras públicas sin lo que toca a negros y mer- cadurias, todo lo demas es de mui poca consideracion como constará en los testimonios de lo que .. ee las dichas penas de cámara y muchos años que ha si- do mui poco, y que yá que no se entienda estar en ella lo tocante a negros , sea a lo menos lo tocante a mercadurias, que aun contodo deno ser suficiente a lo que seria menester para los dichos reparos y obras.

recnnannaaaana <<» la licencia que está dicha para que pueda cada vecino traer hasta diez piezas de esclavos, o lo que Su Magestad fuere servido, por una vez cada año, se sirva hacer merced a los vecinos abento su pobreza, e caso que no haya lugar se la ha- ga en que les aguarden cuatro años para hacer ente- ro de los derechos en la Real Caja o que cumplan con hacerlo dentro del dicho tiempo en la de Potosí, por la poca plata que aquí hay.

Los ciento y tres pesos quel Señor Eugenio de Avila lleva desta ciudad los ha de entregar su merced enteramente a Mateo de Aysa, persona que tiene po- der desta ciudad y que a acudido a los negocios della y que para que comunicándose el señor Eugenio de Avila con el dicho Mateo de Aysa y tratando sobre los negocios desta ciudad, así los que van en esta ins- truccion como los que mas les parecieren convenir or- denen se pida y negocie lo que convenga—Fecho en Buenos Aires, a siete de junio de mil y seiscientos y once años—Manuel de Frias —Francisco de Salas—Fo-