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LIBRO H 339

del Lezcano ocurra a la rreal Audiengia de la Plata a pedir probision deste nonbramiento para que sele guar- de y cunpla y lo firmo el Licenciado Alonso Maldona- do de Torres ante mi Alonso de Santana Escrivano del Rey nuestro Señor Publico de Numero y del Cavildo desta bylla Imperial de Potosy del Piru presente fuy e fige mi signo en testimonio de verdad Alonso de Santana Escri- vano Publico y del Cavildo e para que lo suso dicho se guarde y cunpla acorde de dar e doy la presente por la qual encargo al dicho Governador e mando al dicho Cavildo Justigia Regimiento de la dicha giudad de la Trenidad Puerto de Buenos Ayres que luego quel dicho Luys Gomez de Lezcano se presentara en el dicho Ca- vildo con este mi tytulo le rregiban al huso y exercicio del dicho ofigio de Alguaqil Mayor segun e como se contiene en el dicho nonbramiento aqui ynserto y apro- vacqion que del hize para que lo pueda husar y huze en conformidad de el por el tienpo en el contenido con que primero y ante todas cosas toman y rresqiban del dicho Luis Gomez del Lezcano las fiangas y seguridad que conbenga de que dara rresidengia e pagara lo que con- tra el fuere juzgado y sentengiado y haga el juramento y solenidad que en tal casso se acostunbra y debe hazer con lo qual le ayan y tengan por tal Alguacil Mayor en lugar del dicho Chrisptoval Ortiz Riquelme e le guarden y hagan guardar todas las honrras gragias mer- cedes y franquezas libertades preheminengias preroga- tivas e inmunidades que por razon del deve aver y gozar y con el dicho Luys Gomez del Lezcano e sus The- nientes husaran el dicho ofigio de Alguacil mayor y no con otra ninguna persona a el qual le acudan e paguen los derechos que por el Aranzel rreal lestan señalados. Fecho en la Villa Imperial de Potosy en diez dias del mes de Mayo de myll e seis cientos y diez años el