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LIBRO H 337

gigio del dicho ofigio y aviendose fecho lo susodicho husen con el el dichg ofigio de Alguazil Mayor de mar y tierra en todas las cosas y casos a el anexos y pertene- zientes llevando los derechos salarios y aprovechamientos que por razon del dicho ofigio debe aver y gosar sin que le falte cossa alguna theniendo para ello bos y boto en el Cavyldo de la dicha ciudad y con las demas prehemynengias que le pertenesen que si es necesario le da poder que de derecho se rrequiere para lo poder huzar y exerzer segun esta dicho y pyde e suplica a los Señores Presidentes e Oydores de la Real Audienzia de La Plata y al Señor Ligengiado Don Alonso Maldo- nado de Torres Presydente de la dicha Real Audien- zia y del Consexo Real de las Indias se sirva aprovar este dicho nonbramiento y... el rrecaudo nezesario para husar el dicho oficio atento questa lexos desta Provincia y le doy poder para poder tomar quentas a las personas.que an husado el dicho ofigio y cargo de los derechos e aprovechamyentos que an tenido del dicho ofigio ansi por my nonbramiento como de otras qualesquier personas y haziendoles cargos y regybien- doles sus descargo e gastos y cobrar los aicanzes que les hiziere de manera quetenga efeto nonbrar Contadores dar cartas de pago con rrenungiacion de la pecunya prue- ba e pago que el poder que para ello tengo se lo doy con yngidengias y dependencias e con libre e general adminystragion y rrevoca y da por ningunos otros qualesquiera nonbramientos que haya hecho en favor de otras qualesquir personas para que siendole notifi- cado este nonbramiento no... de lo que tubieren hechos por el dicho Luys Gomez de Lezcano y se obliga destar y pasar por este mi nombramiento con su persona e bienes avidos e por aver y de aver por firme este di- cho nonbramiento e agora y entodo tienpo y lo otorgo

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