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LIBRO IL 271

go Marin Negron. Por mandado de su Señoria: Felipe de Castro, Escrivano Mayor de Governagion.

El qual dicho titulo:concuerda con su original de donde se saco que bolvio a llevar el dicho Mateo Leal de Ayala.

E presentado el dicho Mateo Leal de Ayala pidio ser rregivido al uso del dicho offigio y e por el dicho Cavildo visto el dicho titulo le mandaron haga el jura- mento y de las fiancas que es obligado y por el se le manda el qual offregio por sus fiador a Hernan Suarez Maldonado vezino desta giudad el cual entro en el di- cho Cavildo y yo el escrivano doy fee e conozco y otor- go que se constituye por fiador del dicho Mateu Leal de Ayala y como tal hagiendo de deuda e negogios age- no suyo propio se obligo que el susodicho usara bien e fielmente el dicho offigio de Aguaqil Mayor desta giu- dad a que es nonbrado y dara rresidencia de todo lo que ubiere sido a su cargo y asistira en esta ciudad personalmente los treynta dias della y estara a derecho sobre todo lo que le ffuere pedido y demandado por qualesquiera persona y con el offigio de la justicia so- bre los cargos que se le higieren y pagara todo aque- llo que contra el ffuere jusgado y :sentengiado donde no que el como tal su fiador e principal pagador lo pagara aqui en y comoe quando se adjudicare sin que contra el susodicho ni otra persona ni sus vienes se haga escusion ni otra diligencia alguna de ffuero ni de derecho cuyo beneffigio concede las espensas y de- posito dellas y leyes de las autenticas espresamente re- feridas y para ello obligo su persona y vienes rraiges y muebles avidos y por haver y para su execugion otorga poder vastante a las Justigias e Jueges de su Mages- tad de qualesquier parte e de donde se someten y re- nungian su ffuero y previlegio jurisdigion domicilio y

Fianza otorgada por el Algua- cil Mayor nome