Página:ACEC TomoII Libros IyII SerieII.djvu/331

Esta página no ha sido corregida

LIBRO 11 265

en todo se guarde y cunpla el dicho su titulo y como en el se contiene y por el dicho Señor Governador en este Cavildo le fue dada y entregada la vara de la rreal Justigia al dicho teniente de la mano de su Señoria a la suya y el la rregibio y con horden del dicho Señor Governador y cavildo tomo su lugar y asiento Y con esto se cerro el dicho Cavildo y los dichos Señor Go- vernador Justigia y Regimiento lo firmaron.— Diego Ma- rin Negron.— Manuel de Frias.—Vitor Casco de Mendoga. —Don Juan de Bracamonte.—Bernardo de Leon.—Feli- pe Navarro. —Francisco Garcia Romero. Crisptoval Na- harro.—Francisco de Manganares.—Ante mi: Crisptoval Remon. Escrivano Publico y Cavilde.

CABILDO DEL 21 DE JUNIO DE 1610

(Foja 87 del libro original)

En la giudad de la Trenidad a veinte y un dias del mes de Junio de mill e seis cientos y diez años se jun- taron a caviido en las cassas de la Justigia y Regimien- to desta ciudad el Capitan Manuel de Frias Teniente de Gobernador e Justicia Mayor el Capitan Vitor Casco de Mendoga y Don Juan de Bracamonte Alcaldes Hordi- narios el Capitan Simon de Valdez Tesorero Tomas de Ferrufino Contador Jueges Ofigiales de la rreal Hacienda Bernardo de Leon Felipe Navarro Frangisco Garcia Ro- mero Frangisco de Manqanares y Miguel del Corro Re- gidores y en el dicho Cavildo se trato lo siguiente.