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LIBRO 11 187

son baxas las paredes lo qua! es de mucho perjuicio para la gente que anda a cavallo y las carretas y parece muy mal y para que aya rremedio de aqui en adelante mandaron se pregone en la Plaga Publica desta ciudad y en los demas que pareqiere conbenir que dentro de treinta dias primeros siguientes que todas las tixeras que caen á la calle se corten y queden de media bara no mas y los que de aqui en adelante edificaren a de estar de tres tapia a la calle y con la dicha media bara las tigeras con apercibimiento que no lo haciendo a costa de los dueños se cortaran las dichas tixeras y demas dello pagaran seis pesos para obras publicas desta viu- dad y asi lo probeyeron.

En este Cavildo se trato y mando pregonar que todas las personas de qualesquier estado y calidad con- digion que sean que tuvieren vino de qualesquier parte en esta ciudad dentro del tergero dia parezcan ante el fiel executor y Escrivano de Cavildo a lo manifestar diciendo que para donde es y para que efeto le an tray- do y tiene y de aqui adelante quando metieren vinos u otras cossas de mantenimiento tengan la misma obli- gagion de manifestallo y asi mismo los que de aqui adelante mercaren mercaderias y otras cossas en esta giudad para benderlas en ella o subirlas a las giudades desta governacion que lo manifiesten para que si los vecinos quigieren el tergio por el tanto lo puedan tomar dentro del tergero dia lo que fueren mercaderias y den- tro de dos dias lo que fuere mantenimiento y este tienpo lo tengan de manifiesto sin poder bender cosa alguna todo lo qual se cunpla sin escuga so pena de diez pe- ssos por tergias partes para la Real Camara Juez y denungiador y perdimiento del tergio de lo que asi con- praren y metieren sin lo manifestar aplicado segun de susso y asi lo probeyeron y acordaron.

Que so manifies- ten las merca» dorías y vinos.